lunes, 7 de octubre de 2013

Legislan para acelerar la atención de querellas contra funcionarios

Legislación para acelerar los procesos de ventilación de querellas contra agentes del orden público y de las áreas de seguridad fue presentada en el Senado por los legisladores José Pérez Rosa, del Partido Nuevo Progresista, y Miguel Pereira, del Partido Popular Democrático.
La medida, que es evaluada por Comisión de Gobierno del Senado, obligaría a la Comisión de Investigación Procesamiento y Apelación (CIPA) a convocar una audiencia sobre cualquier querella en un plazo no mayor de 120 días y a emitir una resolución final sobre el caso, no más tarde de 60 días, luego de concluido el proceso.

La iniciativa bipartita, según explicaron hoy sus autores en conferencia de prensa, surge porque al presente toma años la adjudicación de estas querellas, lo que afecta la capacidad económica y promoción del querellado y provoca, además, costos adicionales al gobierno, que está obligado a pagar de forma retroactiva los salarios dejados de devengar por un querellado cuyo caso sea desestimado.
“A diario escuchamos quejas de policías y otros funcionarios públicos que tienen casos ante la CIPA por años sin que se atiendan los mismos”, explicó Pérez Rosa.
“En muchos casos estos funcionarios son destituidos de empleo y sueldo hasta que se resuelve el caso. Si la Comisión resuelve a favor del funcionario, entonces le pagan lo dejado de percibir por el periodo ue se tomó en resolverse el caso, pero mientras tanto el funcionario y sus familiares vivieron un calvario de sufrimiento”, agregó el senador por Arecibo.
Pereira, por su parte, explicó que durante su incumbencia como superintendente de la Policía se percató de que los casos de los agentes tomaban en promedio dos años en resolverse.
Se recordó que la CIPA fue establecida en el 1972, bajo la Ley 32, como foro apelativo administrativo para intervenir en los casos en que se impute mal uso o abuso de autoridad a cualquier funcionario del orden público estatal o municipal, agente de rentas internas o cualquier otro funcionario del gobierno.
Pereira opinó que hay ineficiencia y desinterés en el mencionado organismo, lo que explica la tardanza que les caracteriza en atender estos casos, a pesar del impacto sobre el querellado y sobre las finanzas del gobierno.
Los senadores coincidieron en que, si no se cumple con los plazos que se establecen en la medida, el oficial que estuviere separado de su cargo debe ser reinstalado. “No se puede penalizar a un oficial o empleado público por la ineficiencia de ellos (la CIPA)”, declaró Pereira.
En su página electrónica, la mencionada comisión define como sus funciones “proteger los derechos de los ciudadanos que son afectados por acciones excedidas de funcionarios con facultad para efectuar arrestos, así como los derechos de estos funcionarios cuando la autoridad nominadora le impone sanciones disciplinarias, para hacer justicia social a dichos grupos”.
La legislación traslada además al Tribunal de Apelaciones el proceso de apelar cualquier determinación de la CIPA.

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